Sociedad por Acciones Simplificadas



  • Razón Social: El nombre de la sociedad debe seguir "Sociedad por Acciones Simplificadas" o "S.A.S"
  • Numero de socios: 
    • Mínimo uno
  • Constitución: 
    • Documento privado autenticado o escritura publica
    • La persona jurídica se reconoce con el registro mercantil independiente
  • Duración: Fijada en la escritura de constitución
  • Capital:
    • Representado en acciones
      • Capital Autorizado
      • Capital Suscrito
      • Capital Pagado
  • Administración: 
    • A cargo del representante legal (elegida por asamblea)
    • No obliga a tener revisor fiscal (excepto dispuesto por ley o estatutos)
  • Responsabilidad:
    • Responden hasta el valor de su aporte
  • Disolución;
    • Causales indicadas en los estatutos
    • Vencimiento del termino inicialmente previsto
    • Imposibilidad para desarrollar objeto social
    • Determinación de la asamblea
    • Orden de autoridad competente
    • Perdidas que reduzcan el patrimonio neto en mas del 50%
    • Indicación del tramite de liquidacion

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